Estructura Orgánica del Centro Escolar
1. Normativa de referencia.
Para comenzar, haremos una introducción sobre la normativa de los centros.
En cuanto a la Normativa de referencia general, podemos decir que los centros docentes se rigen por la LOE (Ley Orgánica de Educación) que fue aprobada en 1985. Además en el título V de esta ley se especifica que los centros en los que se imparte Educación Infantil y Primaria se denominarán colegios de educación infantil y primaria y estarán regidas por esta ley.
En dicha ley aparece la clasificación de los centros en públicos y privados (privados y concertados),
los públicos son los que tienen titularidad pública y privados son aquellos cuyo titular es una persona física o jurídica.
- Resolución de 12 de junio de 2015, de las direcciones generales de Centros y Personal Docente, y de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, de la Conselleria de Educación Cultura y Deporte, por la que se dictan instrucciones para la organización y funcionamiento en las Escuelas de Educación Infantil de segundo ciclo y colegios de Educación Primaria durante el curso 2015-2016.
- Decreto 223/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el cual se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y Primaria. ROF.
2. Organigrama del centro educativo.
3. El consejo escolar.
4. El claustro de Profesores.
5. Funciones del Director.
6. El Equipo Directivo.
7. Jefe/a de Estudios.
8. Secretario/a.
9. Comisión de Coordinación Pedagógica.
- El Director/a.
- El Jefe/a de Estudios.
- Los coordinadores de ciclo.
- El especialista de psicología y pedagogía.
- El maestro/a de educación especial.
10. Equipos de ciclo.
11. Los tutores.
12. El profesorado.
13. Comparación LOE-LOMCE.
- La LOE propone un Sistema Educativo flexible que facilite un aprendizaje a lo largo de la vida basado en el principio de una educación común con la atención a la diversidad y con conexiones entre los distintos tipos de enseñanzas y formulaciones, es decir, un modelo de tronco único, con una diversidad de vías internas de valor equivalente y caminos de ida y vuelta entre la formación y la vida activa. En cambio, la LOMCE tiene una estructura educativa en abanico con opciones progresivamente divergente hacia las que se canaliza al alumnado en función de su fortaleza y aspiraciones. Propone un modelo ramificado que separa a los alumnos mediante un sistema de pruebas externas en vías cada vez más diferenciadas y difícilmente reversibles.
- La LOE adopta una función social de la educación, subraya los principios de equidad, inclusión, cohesión social y ejercicio de la ciudadanía democrática. Respecto a la LOMCE, le da gran importancia a la competitividad, la movilidad social, la integración y la empleabilidad, sin mencionar siquiera la equidad.
- A diferencia de la LOE, las asignaturas se pueden diferenciar en tres tipo: asignaturas troncales, asignaturas específicas y asignaturas de libre configuración autonómica.
- En la LOE se observa un preámbulo preciso y explícito. Responde a un sentido inclusivo de la educación. Pero en la LOMCE un preámbulo general y elusivo. Responde a una concepción ideológica individualista y diferenciadora.
- Otra de las diferencias más importantes es la diferencia entre las etapas existentes. En la Educación Primaria la asignatura de conocimiento del medio se bifurca en ciencias naturales y sociales. Además se suprime la educación para la ciudadanía. Al finalizar este ciclo, es decir, sexto de primaria, se realiza una prueba de nivel. En cuanto a la Secundaria se añaden los cursos de FP básica como parte de la educación básica. Además aparecen dos ramas en 4º de la ESO y al finalizar es imprescindible aprobar con menos de 5.